La coalición andalucista Andaluces Levantaos, al amparo de lo previsto en el art. 24.2 de la Ley 1/1986 de 2 de enero, electoral de Andalucía, habiendo apreciado irregularidades en la la candidatura de Vox por la provincia de Granada que encabeza Macarena Olona, ha registrado hoy formalmente la denuncia anunciada con la solicitud de que dicha candidatura quede anulada por incumplimiento del requisito de vecindad en esta Comunidad Autónoma y por "empadronamiento ficticio".
Modesto González, candidato de Andaluces Levantaos, ha explicado ante las puertas de la Junta Electoral de Granada, donde se ha interpuesto el recurso, las bases del documento que ha preparado el equipo jurídico de la formación. "En la denuncia queda patente que la señora Olona no ha sido nunca vecina de Andalucía, cuestión obligatoria para concurrir a las elecciones como indica la Ley 1/91986, de 2 de enero de 1986 que regula los procesos electorales de Andalucía".
El recurso impulsado por Andaluces Levantaos aclara que la inscripción en el censo electoral es un trámite necesario pero no por ello suficiente. Es decir, el hecho de estar empadronado nos hace presumir, inicialmente, que estamos ante un vecino del municipio en cuestión, pero lo esencial "no es el cumplimiento de la formalidad sino la realidad material de que se está en el domicilio habitual de esa persona. Inscribirse en el censo, pero no ser en realidad vecino o vecina, nos llevaría a una ficción y a un fraude de ley", ha comentado Modesto González. Durante el recurso que hoy se ha dado a conocer se alude igualmente al art. 15 de la Ley de Bases de Régimen Local en donde se determina que quien viva en varios municipios deberá inscribirse únicamente en el que habite durante más tiempo al año.
Andaluces Levantaos también referencia en su escrito otras resoluciones e instrucciones técnicas públicas que refuerzan esta única idea de que el empadronamiento censal para que sea normativo debe realizarse en la vivienda habitual de la persona en cuestión.
La denuncia también invita a la Junta Electoral, en el caso en que precise de alguna aclaración a que solicite informe con carácter de urgencia al Ayuntamiento de Salobreña.
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