El Ayuntamiento de Jerez mantiene una deuda per cápita por encima de los 4.000 euros. Exactamente son 4.316 euros los que debería cada jerezano fundamentalmente a los bancos, atendiendo a los datos de deuda financiera o deuda viva a cierre del ejercicio de 2021, el último del que se disponen datos oficiales.
Según cifras provenientes del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas del Gobierno de España recopiladas por el portal Datosmacro.com del diario económico 'Expansión', sobre cada uno de los 212.801 jerezanos censados en 2021 pesa la citada cantidad de 4.316 euros dado que la deuda total del Consistorio asciende a 918.419 euros. En la siguiente tabla, de hecho, puede comprobarse la evolución de la misma desde el año 2008, apreciándose qué etapas corresponden a gobiernos socialistas, tanto de Pilar como de Mamen Sánchez, y a la etapa de la popular de María José García-Pelayo como alcaldesa. Desde entonces, la deuda per cápita ha aumentado un 889,91%, es decir, casi un 900%.
Llama especialmente la atención cómo durante el actual mandato de Mamen Sánchez -que alcanzó el poder situándose la deuda per cápita en torno a los 2.400 euros y habiendo quedado ya atrás los peores años de la crisis financiera- la misma ha venido aumentando en más de un 78%, sin ni siquiera un mínimo período de bajada en ambas legislaturas consecutivas.
Jerez se mantiene así como la segunda ciudad con más de 100.000 habitantes de toda España que acumula mayor deuda per cápita, sólo superada por Jaén, también gobernada por el PSOE. Siguen a Jerez Parla, con Alcaldía igualmente socialista, Algeciras, del PP y Burgos, también con gobierno del Partido Socialista Obrero Español.
La deuda cuantificada aquí es la deuda viva a 31 de diciembre del año citado de cada uno de los ayuntamientos, expresada en miles de euros. Esta cifra incluye, por un lado, deudas con entidades de crédito obligadas a declarar a la Central de Información de Riesgos del Banco de España, como bancos, cajas de ahorro, cooperativas de crédito, sucursales en España de entidades de crédito no residentes y establecimientos financieros de crédito. Por otro, las cuantías correspondientes a emisiones de deuda pública. Para ello, se utiliza el protocolo de déficit excesivo y para valorar la cuantía de la deuda se han considerado créditos financieros, valores de renta fija, Productos devengados por activos dudosos, préstamos o créditos transferidos a terceros, factoring sin recurso, fondo de financiación pago a proveedores y APPs (Asociaciones Público Privadas).
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