¿Es legal que los negocios cobren un suplemento por el COVID-19 a sus clientes?

09/06/20 +Jerez masjerez.com

Un número creciente de establecimientos de distintos sectores de actividad, con la excusa de que tienen una subida en sus gastos como consecuencia de adoptar las medidas de seguridad sanitaria dictadas desde el Gobierno de España, están aplicando lo que denominan recargo, tasa o suplemento por el COVID-19 a los usuarios. Sin embargo, desde FACUA-Consumidores en Acción advierten de que cobrar estos sobrecostes ante el coronavirus es ilegal.

En FACUA explican que cobrar en un bar un recargo por las medidas de salubridad que tienen que llevar a cabo para evitar la propagación del coronavirus, como el hecho de que sus trabajadores lleven mascarillas, resulta tan ilícito como que antes de la pandemia cobrasen un extra por limpiar la mesa o por el hecho de que los camareros lleven un uniforme. Además, invitan a realizar una fotografía del cartel o recibo donde se indique su aplicación para proceder a denunciarlo ante la autoridad de protección al consumidor de la comunidad autónoma.

De esta manera, FACUA considera que los locales de restauración o cualquier otro servicio estarían cargando al consumidor un recargo abusivo. El Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, en su artículo 89.4 así lo recoge al señalar como cláusula abusiva "la imposición al consumidor y usuario de bienes y servicios complementarios o accesorios no solicitados".

Igualmente, la aplicación del suplemento podría suponer una quiebra en la buena fe y en el necesario equilibrio entre los derechos y obligaciones derivados de la relación contractual entre las partes. Ello conllevaría el abuso de su cargo conforme recogen los artículos 80 y 82, al tratar de descargarse en el consumidor la totalidad de los perjuicios derivados de la adopción de medidas para evitar la propagación del virus. Tal ruptura de la buena fe vendría agravada en muchos casos ante la sospecha de lucro en el cobro del suplemento por parte de muchas empresas, al existir una falta de concreción de los conceptos cobrados pudiendo ser superior a los gastos realmente soportados por los negocios.

FACUA insiste en que los empresarios no pueden arrojar a los usuarios ningún recargo de este tipo sin justificar los gastos. En este sentido, el establecimiento debe ajustar los precios de sus bienes y servicios de acuerdo a los gastos que tiene y al margen de beneficio para la empresa, por lo que será necesario que regule las tarifas de acuerdo a esos conceptos y no creando un suplemento extra por el COVID-19. Ante la nueva carta de servicios, será el consumidor el que decida si acepta los nuevos precios o decide optar por la oferta de otro establecimiento.

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