Facua lleva su primera denuncia al nuevo Gobierno central por fraude masivo en las ofertas de electricidad

16/01/20 +Jerez masjerez.com

FACUA-Consumidores en Acción ha presentado este jueves la primera denuncia ante el nuevo Ministerio de Consumo. Se trata de un fraude generalizado en el sector eléctrico por el que las comercializadoras omiten los impuestos indirectos en su publicidad e información comercial, induciendo a creer a los usuarios que sus tarifas son mucho más bajas.

En su denuncia, FACUA pide al ministro Alberto Garzón que aperciba a las eléctricas para que cesen en estas prácticas de publicidad engañosa y, de negarse a rectificar, emprenda acciones judiciales contra las que continúan infrigiendo la ley. La asociación recuerda que el Ministerio de Consumo tiene competencias para llevar a los tribunales a las empresas que vulneren determinados preceptos del texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias.

Durante décadas, el organismo competente en materia de protección de los consumidores del Gobierno de España no ha anunciado ni emprendido ninguna acción en los tribunales por los numerosos fraudes que se producen en el mercado. Tampoco ha trascendido causa judicial alguna iniciada a instancias de las autoridades de consumo autonómicas o municipales, pese a que el artículo 54 de la citada ley les otorga competencias. Sólo algunas asociaciones de consumidores recurren a esta potestad que también a ellas les da la ley para acudir a la justicia ejercitando acciones de cesación.

La denuncia de FACUA va dirigida contra diez comercializadoras eléctricas, entre ellas las tres principales: Iberdrola, Endesa y Naturgy. Junto a éstas, Cepsa, CHC Energía, Feníe, Holaluz, Lucera, Repsol y Som Energía. Tras realizar un análisis  sobre ofertas comerciales de estas compañías, la asociación ha detectado no sólo que todas son considerablemente más elevadas que la tarifa semirregulada (PVPC), sino que su publicidad e información comercial no facilita en ningún caso el precio del kilovatio (kW) de potencia contratada y el kilovatio hora (kWh) de energía consumida incluyendo el 27,19% que representan el IVA y el impuesto especial sobre la electricidad.

El artículo 20 de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios establece que todas las ofertas comerciales deben informar "el precio final completo, incluidos los impuestos". También el artículo 60, relativo a la información previa al contrato, y el 97, sobre los datos facilitados a los consumidores antes de firmar contratos a distancia o fuera de establecimientos mercantiles, indican que las empresas están obligadas a indicar los precios con los impuestos y tasas incluidos.

FACUA considera al facilitar tarifas que no incluyen los impuestos indirectos, además de infringir los citados preceptos legales, las comercializadoras eléctricas inducen a error a los consumidores sobre el importe real que pagarían de contratarlas, incurriendo con ello también en publicidad engañosa. Así, las prácticas vulneran también el artículo 3 de la Ley 34/1988, de 11 de noviembre, General de Publicidad y los artículos 7 y 18 de la Ley 3/1991, de 10 de enero, de Competencia Desleal. Además de omitir los precios finales, hay compañías que ni siquiera aclaran en sus páginas webs que a las tarifas ofertadas hay que sumarles los impuestos indirectos y otras incluyen esta advertencia en un lugar poco visible.

FACUA también está presentando denuncias contra las eléctricas por las citadas prácticas ante las autoridades de protección al consumidor de varias comunidades autónomas, entre ellas aquéllas donde las comercializadoras tienen su sede social. Las administraciones autonómicas de consumo tienen competencias para abra expedientes sancionadores por las irregularidades expuestas por FACUA.

En este sentido, la asociación reclama un cambio en la ley para que el Ministerio de Consumo pueda compartir estas competencias con las comunidades, de manera que cuando se produzcan fraudes a nivel nacional sea el organismo del Gobierno de España el que incoe el expediente y no sea necesaria la apertura de diecisiete procedimientos a nivel autonómico para sancionar las irregularidades de manera proporcional a las dimensiones de las irregularidades y los beneficios ilícitos obtenidos.

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