La Consejería de Cultura y Patrimonio Histórico de la Junta de Andalucía, a través de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, ha convocado las subvenciones públicas para la producción de largometrajes en Andalucía con una dotación de 1.800.000 euros para 2021, como publica el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de hoy. El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días a contar desde el día siguiente al de la publicación en el BOJA.
Esta convocatoria consta de dos líneas de subvenciones, una destinada a la producción de largometrajes de ficción dirigidos por profesionales que se inician en el campo de la realización y de autoría andaluza que promuevan el talento creativo y con clara vocación de comercialización, que cuenta con 700.000 euros, y otra para la producción de largometrajes cinematográficos y televisivos de ficción y/o animación que promuevan el tejido industrial del sector audiovisual andaluz con 1.100.000 euros.
Los beneficiarios de la línea 1 podrán ser personas jurídicas productoras que sean de carácter independiente de conformidad con los dispuesto en el artículo 4. n) de la ley 55/2007, de 28 de diciembre, que se inicien en el campo de la realización, es decir, aquellos que no hayan dirigido o codirigido más de dos largometrajes calificados para su explotación comercial en salas de exhibición cinematográfica.
Para la línea 2 concurrirán las personas jurídicas productoras que sean de carácter independiente de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4.n) de la Ley 55/2007, de 28 de diciembre, del Cine, establecidas en un Estado miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo. La presentación de las solicitudes, en el caso de las personas jurídicas será exclusivamente por medios telemáticos y preferentemente a través de la Ventanilla Electrónica.
En esta convocatoria para 2021, hay que señalar el Decreto-ley 6/2021, de 20 de abril, por el que se adoptan medidas urgentes como consecuencia de la situación ocasionada por el coronavirus (COVID-19), (BOJA Extraordinario número 35 del 20 de abril de 2021), en las disposiciones finales tercera y cuarta respectivamente, se modifica la Orden de la Consejería de Cultura de 1 de agosto de 2016, por la que se establecen las bases reguladoras de concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a la producción de largometrajes en Andalucía y la Orden de la Consejería de Cultura de 19 de mayo de 2017, por la que se establecen las bases reguladoras de concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a la producción de documentales.
Por ello, los beneficiarios de subvenciones de las convocatorias 2021 podrán mantener la cuantía de las subvenciones concedidas en aquellos supuestos en que se produzca una modificación no superior al 30% en el presupuesto aceptado de la actividad financiada, siempre y cuando no se sobrepasen los porcentajes máximos de financiación.
En aquellos casos en que tal reducción supere ese porcentaje, las vigentes bases reguladoras prevén el reintegro total de la ayuda concedida; por entender que en tales supuestos se desvirtúa, de manera determinante, el proyecto subvencionado. Y todo ello, sin perjuicio de lo establecido para la graduación de los incumplimientos en las bases reguladoras que se modifican en el mencionado decreto-ley. Todas las modificaciones de presupuesto deben ser comunicadas obligatoriamente, con carácter previo, al órgano concedente y deben ser autorizadas por este.
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