Las novedades fiscales de 2.017

03/01/17 +Jerez Pedro Toril

Con la llegada de 2.017, repasamos algunos de los principales cambios que se producen en materia fiscal.

Aplazamientos

Es normal que en nuestro día a día, concedamos fraccionamientos a nuestros clientes, o simplemente, pasan por un período de poca liquidez, y nos vemos obligados a posponer el cobro.

La otra cara de la moneda es que salvo que nos encontremos acogidos al Régimen Especial de Criterio de Caja, el Impuesto sobre el Valor Añadido es exigible sin importar el momento del cobro de la factura.

Hasta ahora bastaba con presentar una mera solicitud de aplazamiento y que la Administración la concediera si así lo estimaba.
El Gobierno, debido a la mala situación de las Arcas Públicas, se encuentra ajustando cada vez más los aplazamientos, de manera que todas las solicitudes de aplazamiento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, IRPF, se entenderán inadmitidas, sin excepción alguna.

También se suprime la posibilidad de aplazamiento en los pagos fraccionados del Impuesto sobre Sociedades, IS, así como en el Impuesto sobre el Valor Añadido, IVA, e Impuestos Especiales, salvo que se justifique que las cuotas repercutidas no han sido pagadas.

Todo esto genera la necesidad de una buena asesoría. Si nos remitimos a Andalucía la asesoría fiscal en Sevilla la tienes asegurada.

Deducción Donaciones

A partir de este año, los primeros 150'00 euros donados en el conjunto de los donativos y aportaciones a fundaciones a las que les sea de aplicación el régimen fiscal previsto ene l título II de la Ley 49/2002 como contribuyente del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, tendrán un 50'00% de desgravación y un 75'00 % a partir de 2016.

A partir de los 150'00 euros:

•    Si has colaborado durante los tres últimos años con la misma Organización, tendrás una deducción del 32'50 % en 2015 y un 35'00% a partir de 2016.

•    Si por el contrario no has repetido con la misma ONG, el tratamiento del exceso de los 150'00 euros deducirán al 27'50 % en 2015 y el 30'00 % en 2016.

Con carácter de ayudar cada vez más, recomendamos que el primer año se done la cantidad que se estime conveniente, y a partir del ejercicio siguiente, a la cantidad que se desee donar ene se momento, se le añada la deducción que se ha aplicado en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas del ejercicio anterior, ya que es un importe con el que no contábamos y con el que podemos ayudar más, sin hacer un desembolso mayor.

IVA en tiempo Real

El Suministro Inmediato de Información, SII, entrará en vigor el 1 de julio de este próximo año, y obligará a aquellas empresas incluidas en el REDEME (que son aquellos que liquidan el IVA con una periodicidad mensual), las grandes empresas (que son las que tienen una facturación anual de más de seis millones de euros) y aquellos que se inscriban de manera voluntaria a suministrar información respecto de sus facturas cada cuatro días, aunque en el primer semestre será de ocho días.

1.000'00 euros límite de pago en efectivo

Aún no hay aplicación efectiva de un límite de efectivo inferior a 2.500'00 euros, aunque se prevé su aplicación a medio/corto plazo.

SMI y bases y tipos 2017

El Salario Mínimo Interprofesional en 2017 ascenderá a 9.906'40 euros anuales. En 2016 fue de 9.172'80 euros.

Con objeto de elevar la recaudación, el año que viene se suben tanto las bases mínimas como las máximas del Régimen General, pasando de 655'40 euros a 707'60 euros y 3.642'40 euros a 3.751'20 euros respectivamente.

En cuanto al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, la base mínima pasará de 893'10 euros a 964'40 euros, por tanto, aquellos autónomos que cotizan en la base mínima, notarán también una subida en el recibo mensual, ya que la cuota se calcula aplicando una serie de tipos a la base de cotización.

Calendario Laboral 2017

Haciendo clic en este enlace, accederás al calendario laboral de 2017 publicado en el Boletín Oficial del Estado.

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