La Dirección General de Consumo, adscrita la Consejería de Salud y Familias, ya tiene en ejecución su campaña de inspección en el ámbito de la compraventa y arrendamiento de viviendas en las ocho provincias andaluzas. Esta actuación se enmarca en el ámbito de la vigilancia del cumplimiento de la normativa por parte de las empresas que prestan servicios a consumidores, y está dirigida a las empresas que intervienen en la compraventa y arrendamiento de estos inmuebles, en especial en lo relacionado con la información proporcionada a los usuarios.
Los servicios de consumo de las diferentes delegaciones territoriales de la Consejería de Salud y Familias en cada provincia son los encargados de llevar a cabo esta campaña, para la que se han programado a lo largo del año alrededor de 150 actuaciones. La inspección afecta a viviendas en proyecto o en fase de construcción, a las viviendas nuevas, a las de segunda mano, y también se controlarán los arrendamientos o alquileres. En todo este segmento, la campaña contempla el control a empresas y gestores inmobiliarios, también a promotoras y constructoras, y también se analizará la venta, promoción y publicidad en el arrendamiento y compraventa de viviendas. Esta campaña de inspección de vivienda se saldó en 2019 con un total de 80 actuaciones, 26 de ellas (el 32% del total) positivas por algún incumplimiento normativo.
Por un lado, las actuaciones servirán para analizar la situación del sector de la vivienda, las características de las ofertas, promociones y la publicidad tanto en la compraventa como en los alquileres. Por otro, los servicios de consumo se volcarán en inspeccionar el debido cumplimiento normativo mediante el análisis de los contratos y documentación general.
Este control normativo abarca la documentación administrativa relacionada con la vivienda (registro mercantil, licencias de obra, de primera ocupación, documento informativo abreviado, nota explicativa de precios, modelo de contrato, etcétera). En lo que afecta a los consumidores, se somete a inspección la información facilitada sobre los datos generales de la vivienda en compraventa, su precio, o sobre las condiciones de pago.
Asimismo, se controlarán las garantías de las cantidades entregadas a cuenta en viviendas todavía no concluidas, o las responsabilidades y garantías de los agentes intervinientes en la edificación. En este punto, los controles se realizarán sin identificación por parte de la Inspección de consumo, a modo de persona consumidora-usuaria, a efectos de verificar debidamente que se facilita la información referida.
La inspección también comprobará la existencia de modelos contractuales por parte de las entidades intermediarias, el contenido de los contratos de compraventa y de alquiler firmados, comparando la información previa y la plasmada en dichos contratos. Igualmente, se busca verificar que el bien que se pretende vender corresponde efectivamente a la oferta que se está realizando.
También se actuará en materia de control de las certificaciones de eficiencia energética, que deben ponerse a disposición de de las personas compradoras o usuarias de los edificios, y cuya información tiene que figurar en la oferta, promoción y publicidad de la venta o arrendamiento del inmueble –incluidas las páginas web de plataformas de intermediación inmobiliaria–.
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