La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Jerez ha aprobado esta semana las bases reguladoras para la adjudicación de parcelas para actividades lúdico-recreativas, comerciales y hosteleras en el Feria del Caballo 2022. Se da cumplimiento así a un requisito imprescindible más para poder celebrar la Feria del Caballo, declarada de Interés Turístico Internacional, tras dos años de ausencia del programa festivo de Jerez.
El plazo de presentación de solicitudes finalizará el martes, día 29 de marzo, pudiéndose realizar físicamente en horario de oficina de lunes a viernes o telemáticamente a través del correo electrónico fiestasmayores@aytojerez.es hasta las 24 horas del 29 de marzo. Además de la solicitud, se adjuntarán las normas técnicas, la relación de parcelas, el plano de localización de dichas parcelas, la solicitud de participación de la zona de atracciones recreativas y negocios y el modelo de declaración responsable.
Las solicitudes, junto a toda la documentación requerida, deberán ser presentadas en el Registro General del Ayuntamiento de Jerez, en el Registro de la Delegación de Fiestas o en cualquiera de los lugares establecidos en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Si las solicitudes no reúnen los requisitos exigidos tanto en la normativa de procedimiento administrativo común como en estas bases, se requerirá al interesado para que, en plazo de cinco días hábiles, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución en los términos previstos en el artículo 21 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Una vez que se publique el listado definitivo el Ayuntamiento de Jerez procederá a la expedición de las correspondientes liquidaciones de tasas, e información del plazo del pago de las mismas a los industriales feriantes que se encuentren incluidos en dicho listado.
Junto al pago de las tasas el industrial feriante deberá constituir la fianza correspondiente a cada parcela, consistente en el 10% del importe de las tasas. La presentación de la oportuna justificación del pago de la liquidación de las tasas ante los servicios de la Delegación Municipal de Fiestas será requisito inexcusable y condición indispensable para la efectiva ocupación de la parcela y de las correspondientes autorizaciones de instalación.
En el listado de parcelas se contemplan un total de 189 de las que 32 se refieren a aparatos infantiles, tres son aparatos familiares y 24, aparatos adultos. Cinco espectáculos, 41 casetas, siete máquinas y grúas, dos fotógrafos, 56 establecimientos de hostelerías y 19 establecimientos de turrones.
De cara al inicio de la Feria del Caballo el montaje deberá estar finalizado con tiempo suficiente, para que se puedan efectuar las comprobaciones correspondientes por los técnicos competentes al objeto de emitir los respectivos certificados oficiales y entregar los mismos en el Servicio de Fiestas. El día de apertura de las atracciones no se permitirá la entrada de caravanas o camiones al Parque de Atracciones del Recinto Ferial durante las horas de acceso al mismo por parte del público. Con carácter excepcional se podrá autorizar, por el Servicio de Fiestas, el comienzo de la instalación de aquellas atracciones que, por sus características técnicas, necesiten más tempo para la realización de su montaje, siempre previa solicitud por escrito del industrial feriante interesado.
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