Los juzgados de Jerez destruirán documentos de entre los años 1969 y 1998

14/10/23 +Jerez masjerez.com

La Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública ha anunciado en BOJA la próxima destrucción de expedientes judiciales entre 1945 y 2017 prevista por la Junta de Expurgo para que las personas interesadas en recuperar documentación aportada en su día a los procesos afectados lo soliciten en el plazo de dos meses.

La resolución publicada en el BOJA indica que para solicitar la devolución de documentos deberán presentar una solicitud por escrito ante la Secretaría de la Junta de Expurgo de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en la Consejería de Justicia. Transcurrido el plazo de dos meses sin que los interesados soliciten recuperar los expedientes, decaerá su derecho ha reclamarlos.

La relación de documentos que está previsto destruir contempla diligencias previas y recursos de todas las provincias y diferentes partidos judiciales.

En nuestra provincia se destruirán documentos de entre los años de 1969 a 1998 de los juzgados de Jerez, de 1972 a 2022 de Algeciras y del año 2001 de Cádiz.

La Junta de Expurgo es un órgano integrado por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) y la Consejería de Justicia con el objetivo de liberar espacio en los archivos de los juzgados y tribunales andaluces tras analizar y ordenar toda la documentación susceptible de ser eliminada o conservada. Supone un ahorro en gastos de conservación de los archivos y se enmarca dentro de las políticas de la Junta para el impulso de una Justicia digital y sin papeles, que contribuye a la protección del medio ambiente.

Uno de los criterios principales en la selección de los documentos judiciales que se van a eliminar o archivar es su interés judicial e histórico. De esta forma, se garantiza la conservación de la documentación con valores históricos o bien de aquélla que posea un relieve social, económico, político o cultural.

La Junta de Expurgo es un órgano colegiado de naturaleza administrativa presidido por una magistrada y que cuenta con el apoyo de un miembro de la carrera fiscal, un secretario judicial, la persona titular del Servicio de Archivos Judiciales de la Consejería de Justicia, un funcionario archivero y otro funcionario que hace las veces de secretario. Determina la exclusión o eliminación de expedientes procesales o, en caso contrario, la transferencia de los mismos a la Administración competente en materia de patrimonio histórico.

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